La celeridad procesal fue la clave en un nuevo caso de violencia de género y desobediencia judicial ocurrido en la localidad de José de San Martín. Un hombre, cuya identidad se mantiene bajo reserva, fue condenado a cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo tras ser sorprendido in fraganti incumpliendo una restricción de acercamiento vigente.
El incidente tuvo lugar el pasado 9 de junio, alrededor de las 20:35 horas. Según la investigación encabezada por el fiscal Martín Robertson y el funcionario Jorge Kovacevich, el imputado fue hallado dentro de una vivienda situada frente al domicilio de la víctima.
El acusado contaba con una prohibición de acercamiento y contacto en un radio de 200 metros, medida dictada por el Juzgado de Familia N° 2 de Esquel y notificada formalmente apenas el 11 de mayo. Tras un llamado de alerta, personal policial acudió al lugar y procedió a su detención inmediata.
Debido a la claridad de las pruebas, la Fiscalía y la Defensa Pública acordaron la aplicación de un juicio abreviado. El imputado reconoció su autoría y prestó conformidad con la sanción impuesta por el juez penal, Dr. Rolón.
La sentencia no solo dictó cuatro meses de prisión por este nuevo hecho, sino que se unificó con una condena previa dictada apenas un día antes por un episodio de similares características ocurrido en mayo (caso gestionado por la funcionaria de fiscalía Morena Broggi). Debido a que las partes renunciaron a los plazos procesales, el condenado comenzó a cumplir su pena de manera inmediata en la comisaría de José de San Martín.
Al cerrar la audiencia, el magistrado lanzó una dura advertencia al condenado. Más allá de la brevedad de la pena, el Dr. Rolón destacó que este tipo de conductas reiteradas "deterioran severamente su historial penal" y condicionan su futuro.
Asimismo, el juez fue enfático al señalar que cualquier intento de contacto, incluso con sus hijos, debe tramitarse exclusivamente por las vías legales correspondientes. El magistrado recordó que el quebrantamiento de las órdenes judiciales es un delito grave y que no existen excepciones para evadir la restricción impuesta.