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El caballo René es sujeto de derecho

Un tribunal revisor de Esquel rechazó los planteos de la defensa y ratificó que el equino René es un ser sintiente y sujeto de derecho no humano, manteniendo su custodia en Fauna Urbana. 

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La Fiscalía de Esquel logró que un tribunal revisor, integrado por dos jueces, confirmara de manera plena la resolución de primera instancia que declaró al caballo René como un ser sintiente y sujeto de derecho no humano. La decisión judicial ratificó además la guarda preventiva del animal a favor de Fauna Urbana, respaldando la postura impulsada por el Ministerio Público Fiscal.

 

El conflicto legal sumó un nuevo capítulo tras la impugnación presentada por la defensa técnica del imputado contra el fallo inicial del juez Jorge Richeri. Los defensores pretendían catalogar al equino como un simple bien mueble bajo el régimen de propiedad privada y exigían su inmediata devolución, pero el tribunal desestimó esos argumentos basándose en la necesidad de protección del bienestar animal.

 

El caso tuvo su origen en la localidad de Gualjaina a fines de abril, cuando vecinos denunciaron las deplorables condiciones de vida que sufría el equino, que llevaba meses sin agua ni comida. Un allanamiento inmediato permitió su traslado hacia el predio de Fauna Urbana en Esquel, donde la constatación veterinaria oficial arrojó que el caballo se encontraba literalmente en piel y hueso, con un escore corporal críticamente bajo.

 

Durante la última audiencia, la procuradora de fiscalía Cecilia Bagnato y la fiscal general María Bottini desplegaron los argumentos que terminaron por consolidar este cambio de paradigma. "Solo se puede ser cruel con un sujeto que tiene capacidad de sufrimiento... el animal es el sujeto pasivo y víctima bajo la Ley 14.346", enfatizó Bagnato para fundamentar la necesidad de la intervención estatal.

 

El Ministerio Público Fiscal basó el éxito de su postura en cuatro ejes centrales que priorizaron la vida del animal ante el riesgo inminente de muerte. Se remarcó que el caballo funciona como la víctima directa del delito de crueldad y se invocaron amparos constitucionales junto a los límites que posee el derecho de propiedad cuando se afecta a la fauna o al ecosistema. El Tribunal Revisor avaló esta interpretación dinámica al comprender que la medida cautelar busca evitar la continuidad del maltrato y asegurar la rehabilitación de René.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EBW 

 

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