La iniciativa, presentada recientemente en la Cámara de Diputados de la Nación, propone introducir modificaciones de fondo a la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable. El núcleo del texto establece la prohibición absoluta de exhibir, publicitar, promocionar o entregar de forma gratuita alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia o leyendas precautorias en las líneas de cajas registradoras, así como en los accesos y salidas de los grandes comercios con modalidad de autoservicio.
De acuerdo a los lineamientos del documento parlamentario, las denominadas zonas de espera pasiva o de cobro son utilizadas históricamente por las cadenas comerciales para colocar estratégicamente golosinas y productos ultraprocesados. Esta disposición busca generar una compra compulsiva y no planificada en el último tramo de la experiencia de compra, afectando de manera directa e inevitable a los consumidores, con un impacto mucho más incisivo en la población infantil.
El proyecto de ley argumenta que estas estrategias de marketing e inducción al consumo masivo colisionan con las políticas públicas destinadas a frenar la epidemia de sobrepeso, obesidad y enfermedades crónicas no transmisibles en la Argentina. Los fundamentos técnicos detallan que la alta disponibilidad y la visibilidad forzada de productos con excesos de azúcares, sodio, grasas saturadas y calorías representan un riesgo sostenido para la salud colectiva, lo que vuelve indispensable regular la infraestructura de los puntos de venta.
Por otra parte, la propuesta legislativa no se limita a las grandes cadenas de supermercados e hipermercados, sino que extiende la regulación a mayoristas y farmacias que operen bajo el sistema de autoservicio en todo el territorio nacional. Los espacios que queden liberados en las líneas de cajas solo podrán ser utilizados para la exhibición de productos que no requieran sellos de advertencia, abriendo una oportunidad regulatoria para la oferta de alimentos más saludables.
Finalmente, el articulado del proyecto prevé un esquema de sanciones riguroso para aquellos establecimientos comerciales que infrinjan la normativa. Los comercios que mantengan la exhibición de ultraprocesados en los sectores vedados serán pasibles de las penalidades y los procedimientos fijados en las leyes vigentes de lealtad comercial y de defensa del consumidor, garantizando de este modo la aplicación efectiva de la reforma en caso de ser aprobada por el Congreso.
EBW