12 de Mayo de 2026
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La Justicia respaldó el derecho de un niño mapuche a estudiar en una escuela intercultural

La Justicia ordenó garantizar el transporte escolar para que un niño mapuche pueda asistir a la escuela elegida por su familia, al considerar que estaba en juego su derecho a una educación ligada a su identidad cultural.

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Un niño de 8 años integrante de una comunidad mapuche podrá acceder al transporte escolar para asistir a la Escuela Intercultural Bilingüe N° 150, ubicada en el paraje Los Repollos, en El Bolsón, luego de que la Justicia ordenara garantizar el servicio desde la Ruta 40, a la altura de su domicilio familiar, en zona de El Foyel.

 

La medida fue resuelta tras una acción de amparo impulsada con acompañamiento de la Defensa Pública, ante las dificultades que enfrentaba la familia para sostener la asistencia regular del menor a clases por falta de medios de traslado.

 

La escuela elegida por la familia pertenece a la modalidad de Educación Intercultural Bilingüe, una propuesta que no sólo incorpora otra lengua, sino también saberes, valores y formas de aprendizaje vinculadas a los pueblos originarios. Según se explicó durante el proceso judicial, la decisión de inscribir al niño allí responde a la intención de preservar su vínculo con la cultura y el entorno en el que crece.

 

 

Reclamo por el transporte escolar

La familia había solicitado que el recorrido del transporte escolar se extendiera hasta la Ruta 40, debido a la imposibilidad de garantizar el traslado diario por cuenta propia. La situación afectaba la continuidad escolar del niño y generaba obstáculos para su integración y aprendizaje.

 

El caso también expuso las dificultades que atraviesan muchas familias rurales para acceder a establecimientos educativos, especialmente cuando las distancias y la falta de conectividad condicionan la asistencia diaria.

 

Durante el trámite judicial intervino además el Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas (CODECI), que había realizado gestiones previas ante organismos educativos antes de la presentación formal del amparo.

 

 

Mirada integral sobre los derechos del niño

En el expediente, la Defensa de Menores e Incapaces sostuvo que el caso debía analizarse contemplando la edad del niño, su pertenencia a una comunidad indígena y el contexto rural en el que vive.

 

También advirtió que las alternativas escolares sugeridas por el organismo educativo presentaban dificultades concretas de acceso y situaciones conflictivas que podían afectar su seguridad. Por ese motivo, pidió medidas específicas para garantizar que pudiera asistir a la institución elegida por su familia.

 

Al resolver, la magistrada consideró que negar el transporte escolar implicaba desconocer derechos fundamentales, entre ellos el acceso a una educación acorde a su identidad cultural y en igualdad de condiciones.

 

 

La sentencia ordenó al Ministerio de Educación arbitrar los medios necesarios para asegurar el traslado hacia la Escuela N° 150 en un plazo de 15 días hábiles.

 

Un caso que seguirá en el Superior Tribunal

La resolución judicial remarcó además que el Estado no sólo debe ofrecer propuestas de educación intercultural bilingüe, sino también garantizar las condiciones necesarias para que niñas y niños puedan acceder efectivamente a ellas, sobre todo en parajes rurales.

 

En esa línea, el fallo sostuvo que el interés superior del niño obliga a adoptar medidas concretas que permitan ejercer plenamente sus derechos educativos y culturales.

 

 

De todos modos, la decisión fue apelada y ahora será analizada por el máximo tribunal de la provincia, que deberá definir si confirma o modifica la medida ordenada en primera instancia.

 

 

O.P.

 

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