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30 de Marzo de 2026
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Suspenden la aplicación de la ley de reforma laboral

Se debe a una medida cautelar planteada en la justicia por la CGT,  a la que se dio lugar en el día de hoy. Y se modificarían artículos de acuerdo al reclamo.

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Reforma laboral: un juez hizo lugar a la cautelar de la CGT y suspendió la aplicación de la ley.

 


El magistrado avaló el planteo de la central obrera contra la ley 27802. Suspendió más de 80 artículos. Inconstitucionalidad y seguridad jurídica.

 

El juez nacional de Trabajo Raúl Ojeda hizo lugar a la medida cautelar presentada por la CGT y ordenó la suspensión de la reforma laboral impulsada por Javier Milei y aprobada a fines de febrero en el Congreso. En su resolución, el magistrado sostuvo que existen indicios de posible "inconstitucionalidad" en varios puntos de la ley.

 

Paralizan artículos clave como el régimen de indemnizaciones, la ampliación de facultades del empleador, la flexibilización de condiciones laborales y nuevas restricciones a la actividad sindical.

 

Además, Ojeda remarcó que la medida es provisoria y busca evitar consecuencias graves mientras avanza el proceso judicial. Las costas y honorarios se definirán en la sentencia definitiva, mientras que el Gobierno deberá responder en el marco del expediente abierto.

 

Los artículos de la ley son el 1, 3, 6, 9, 10, 13, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 41, 42, 44, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 53, 55, 56, 57 de la Ley 27.802. 

 

El juez consideró que la CGT tiene legitimación para representar al conjunto de los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y sostuvo que existe una “verosimilitud del derecho calificada”, es decir, fundamentos suficientes para presumir que podrían haberse vulnerado garantías constitucionales, en particular el principio de protección del trabajo consagrado en el artículo 14 bis.

 

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