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10 de Febrero de 2026
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ARCA modificó el régimen de Ganancias: Los intereses en dólares pasan a estar alcanzados por retenciones

A partir de una resolución publicada este martes en el Boletín Oficial, los intereses generados por depósitos en moneda extranjera quedaron incorporados de manera expresa al esquema vigente.

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La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5822/2026, que modifica la Resolución General Nº 830, normativa que regula el régimen de retención y de ingreso del Impuesto a las Ganancias sobre determinadas rentas.

 

Con este cambio, ARCA incorporó como nuevo punto dentro del Anexo III a los intereses originados por depósitos en moneda extranjera, siempre que se trate de personas humanas, sucesiones indivisas y depósitos realizados en entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526.

 

De esta manera, los rendimientos obtenidos por plazos fijos u otros depósitos en dólares pasan a estar expresamente alcanzados por el régimen de retención, cuando correspondan a beneficiarios del país y no se encuentren exentos o excluidos del gravamen.

 

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A quiénes alcanza la nueva disposición

 

La resolución aclara que la retención del Impuesto a las Ganancias se aplicará únicamente cuando:

 

  • El beneficiario sea residente en el país

     

  • Los intereses no estén amparados por exenciones vigentes

     

  • Se trate de rendimientos generados en el sistema financiero formal

     

El objetivo, según el organismo, es unificar criterios y eliminar interpretaciones dispares sobre el tratamiento fiscal de este tipo de ingresos.

 

El marco: simplificación tributaria y “Ley de Inocencia Fiscal”

 

En los considerandos de la norma, ARCA explicó que la medida se enmarca en el proceso de simplificación tributaria impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional. En ese sentido, recordó que el Decreto Nº 353/2025 promovió acciones destinadas a reducir la presión fiscal formal y los costos administrativos asociados al cumplimiento impositivo.

 

Asimismo, el organismo hizo referencia a las modificaciones introducidas por la Ley Nº 27.799, que reformó el Procedimiento Tributario y el Régimen Penal Tributario, con el objetivo de racionalizar la normativa y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Estas reformas forman parte del esquema conocido como Ley de Inocencia Fiscal, orientado a disminuir sanciones desproporcionadas y fortalecer la confianza en el sistema tributario.

 

 

Desde cuándo rige la nueva regla

 

La resolución fue firmada por el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, Andrés Edgardo Vázquez, y establece que las disposiciones entran en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, desde este martes.

 

Esto implica que, a partir de ahora, los intereses generados por depósitos en moneda extranjera quedarán sujetos al régimen de retención del Impuesto a las Ganancias conforme a la normativa vigente.

 

 

 

O.P.

 

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